Propiedad intelectual o ¿es la propiedad una cosa y lo intelectual otra?

Se celebra estos días en Washington la Cumbre Mundial de Derechos de Autor.  Se trata de arrojar un poco de luz y orden en el marasmo en que se ha convertido el tratamiento de la propiedad intelectual en la difusión de contenidos a través de Internet. Participan representantes de más 100 países, veo que la mayoría entidades de gestión –por ejemplo la SGAE por España- que en general abogan por extender legislaciones como la francesa, que contempla implicar a los proveedores de Internet en la lucha contra la piratería, suspendiendo el servicio a aquellos usuarios que reincidan en la descarga de contenidos ilícitos. Pero surge, entre las opiniones de las que se hacen eco hoy los medios, un matiz más que interesante. Hablamos de derechos de propiedad intelectual pero, ¿de quién son? ¿Del creador o de la entidad que supuestamente le representa? ¿Quién pierde dinero con las descargas ilícitas? ¿El autor o la compañía? Se apunta que muchos usuarios no tienen reparo en bajarse obras cuando saben que el titular de sus derechos es una multinacional, pero sí se andarían con más cuidado si repararan en que es su cantante o su cineasta favorito al que están perjudicando, o a un nuevo autor joven que empieza su carrera. Me da la impresión de que los autores están pensando lo mismo, porque cada vez son más –y más famosos- los que cuelgan sus obras en su página web, eligen ellos cómo las comercializan o incluso si no las comercializan, se valen de las redes sociales, salen a dar más conciertos en el caso de los cantantes… Es interesante la reflexión que hace el presidente de la Sociedad Chilena de Derechos de Autor, quien apunta que, según ciertas legislaciones como la estadounidense, si un tema tiene éxito quien se lleva los beneficios por los derechos es la compañía, y el autor se queda sin nada. Y sibilina, en su estilo, la declaración a Efe de Teddy Bautista, para quien “los contenidos culturales son un elemento clave en la construcción de la sociedad del conocimiento pero no a costa de que los que los desarrollan se queden sin una participación en el negocio”. ¿Qué entendemos por “desarrollar”, Teddy?.

En parecida línea, asistimos hoy en España a un caso que no sé si está teniendo en los medios la repercusión que quizás merecería. En especial en los diarios, teniendo en cuenta que estos son parte implicada. Me refiero a la sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Madrid, que reconoce a la AEDE (Asociación de Editores de Diarios Españoles) el derecho a oponerse a la elaboración de resúmenes de prensa por parte de las empresas de seguimiento de medios (press clipping), si estos no pagan a esos diarios por la reproducción de sus contenidos. Esto motivaría el cese de actividad de estas empresas, como es el caso de Documentación de Medios, demandada por 55 diarios y por la propia AEDE. Subrayar, para quien no conozca muy bien este negocio, que las empresas de seguimiento son contratadas por otras empresas o instituciones que buscan tener mejor conocimiento de su visibilidad, su reputación o la imagen de una determinada marca en el panorama de los medios españoles. Es decir, si yo quiero saber lo que se dice por ahí de un nuevo producto que he lanzado al mercado, en vez de comprarme todos los diarios y revistas que me interesan, todos los días, contrato a Documentación de Medios –o a otra similar- para que me haga un seguimiento y -diaria, semanal o mensualmente-, me pase una relación de los artículos que se han publicado, bien incluyendo una valoración de cualquier tipo, bien reforzados con algún estudio de cobertura añadido, o simplemente los artículos en sí mismos y yo ya me encargo de valorarlos. Si no existiera esta empresa, como no podría comprarme 50 ó 60 diarios de toda España, acabaría fiándome de lo que sale en El País o El Mundo y en las dos revistas especializadas más relevantes. Y mi visión del asunto podría quedar muy limitada, lo que a lo mejor me impediría tomar alguna decisión adecuada para mi negocio. Porque, por ejemplo, a una multinacional de cualquier sector le interesa más de lo que muchos creen lo que de ella se escriba en el Diari de Girona o en el Lanza de Ciudad Real. Pero claro, las empresas de seguimiento compran todos los periódicos –religiosamente todos los días, entiendo- pero no les pagan encima a sus editores por pasarme sus recortes. Si desaparecen, ellos no comprarán los periódicos. Pero yo tampoco. Y el caso tiene además otra vertiente. Según el recurso que ha presentado Documentación de Medios contra la sentencia, sí está pagando por la reproducción de los recortes. Pero lo está haciendo a la FAPE, la Federación de Asociaciones de Prensa de España, en concepto de remuneración a los redactores, como autores de los artículos periodísticos. Es decir, es como si pagara un canon para poder prestar sus servicios. Solo que ese canon va a las asociaciones de periodistas y no a los editores de periódicos, que lo reclaman para ellos. Volvemos entonces al debate de antes: ¿de quién son los derechos? O, rizando un poco más el rizo, ¿Es la propiedad de uno y lo intelectual de otro? La sentencia del Juzgado de lo Mercantil argumenta que los autores de los artículos son las empresas editoras y no los periodistas, y por lo tanto éstos no tienen derecho a la remuneración por sus derechos. Por su parte, la APM, Asociación de la Prensa de Madrid, ha salido al paso a favor del recurso de Documentación de Medios. Añade, además, un punto de vista que parece bastante sensato, al entender que “un diario no puede ser considerado como obra colectiva en el sentido que define la Ley de Propiedad Intelectual, tratándose de una obra compleja que debe tener un tratamiento diferente en cuanto a los derechos de autor”.

Pero como digo, apenas encuentro nada de esto en la prensa Noticia en Infoperiodistas ¿Alguien me podría hacer un seguimiento?

En definitiva, para aclarar de una vez cómo se han de gestionar de forma apropiada y efectiva los derechos de autor, en el mundo digital y en el no digital, da la impresión de que faltaría dar un paso previo, más básico y primitivo si se quiere, y sería aclarar quién o quiénes son los dueños del pastel, antes de ver cómo se reparte.

1 comentario

  1. Estupendo análisis. Estoy de acuerdo en todo. Discográficas, productoras de cine y medios podrán reivindicar los derechos comerciales pero nunca la propiedad intelectual.

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